La Provincia de Jujuy dictó en enero de 2016 la Ley 5904 de Promoción y desarrollo de energía solar.
Por medio de la misma, se declaró de Interés estratégico provincial la generación de energía eléctrica y energía térmica a partir del aprovechamiento de la energía solar, con destino a la prestación de servicio público, la investigación para el desarrollo científico-tecnológico y el diseño, fabricación, implementación, mantenimiento y comercialización de equipos y sistemas con esa finalidad.
La generación, transporte, distribución y comercialización de electricidad generada a partir del aprovechamiento de la energía solar constituirá un servicio público estratégico de la provincia de Jujuy.
A su vez, la Provincia adhiere a la Ley 26.190 de Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica y su modificatoria la Ley 27.191.
La implementación de políticas energéticas que favorezcan las energías renovables en el país es de suma importancia en los tiempos que vivimos. Habiéndonos comprometido en diciembre de 2015 en la COP 21 de Paris a reducir las emisiones de carbono, es necesario que se active la implementación efectiva de estas políticas y proyectos.
A su vez, la Ley crea el Programa “Jujuy Provincia Solar.” El objetivo del programa es lograr la sostenibilidad energética y aportar a la lucha contra la pobreza y el cambio climático.
De esta forma busca mejorar la calidad de vida de la población más vulnerable mediante la utilización de equipamiento solar y la inclusión de criterios de eficiencia energética y bioclimáticos en los hogares, reemplazar en un 70% la utilización de derivados del petróleo para la generación de energía eléctrica y térmica. Reducir la utilización de gas natural a nivel domiciliario e industrial con la inclusión de artefactos solares térmicos, reducir la huella de carbono de la provincia a fin de gozar de un ambiente más sano, contribuyendo a la reducción de gases de efecto invernadero.
Se implementarán registros para la obtención clara y confiable de bases de datos de proyectos y proveedores de energía solar, registrar plantas habilitadas para la producción de energía, registro y base de datos sobre líneas de financiamientos nacionales e internacionales, y también sobre estudios académicos de las potencialidades de la energía solar.
Dentro de la política pública a implementar, la norma pretende lograr la instalación de artefactos solares en edificios públicos, implementación de tecnología solar en centros de salud rurales y urbanos, concientización de la potencialidad de la energía solar de la provincia y el uso responsable de la misma, capacitación y uso responsable de la energía.
Otro objetivo es lograr un mejor acceso a equipamiento solar mediante financiación blanda, por el cual las familias puedan realizar compras financiadas de artefactos adecuados, incluyendo subvenciones y/o reducciones impositivas que se dispongan.
La industria energética referida a “energías sustentables”, energía solar, eólica, hídrica, etc. tiene a su favor, la implementación de beneficios e incentivos. Así es como la Ley 5904 de Jujuy plantea el objetivo de alcanzar la sostenibilidad energética.
Para lograrlo la Ley crea un Régimen de Promoción de Inversiones para el Desarrollo de la Energía Solar en la provincia. El mismo está dirigido a la construcción de obras destinadas a la generación de energía eléctrica y/o térmica a partir del uso de la Energía Solar con los alcances previstos en la ley.
Los beneficios estarán dados por la exención al Impuesto de Sellos, al Impuesto de Ingresos Brutos y la prioridad para recibir apoyo de los fondos de promoción de inversiones vigentes o a crearse en la provincia, entre otros.
Tomasoni Micaela. Villanueva & Asoc.