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ECONOMIA CIRCULAR, EN EL CENTRO DE LA TORMENTA.

Luego de dos largos años de dificultades económicas casi inenarrables para el sector PYME, volvemos al ruedo con novedades que son promisorias aunque de difícil aplicación en la práctica. En este sentido la Nación y la CABA al unísono regularon un tema tan necesario como complejo
La Ciudad de Buenos Aires cuenta con la ley 6.468 sancionada en el mes de noviembre de este al, la cual que diseña una estrategia transversal a todas las áreas de Gobierno y en articulación con los distintos actores de la sociedad civil y el sector privado, en sintonía con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la agenda de Carbono Neutral 2050
Los objetivo de la ley esta establecidos en el artículo 2º y se basan en estimular la adaptación del diseño industrial a la economía circular, eliminar el desperdicio y la contaminación, y conducir a la circulación social y económicamente sostenible de los productos y materiales en el mercado;
Promover la preservación del capital natural, propiciar el desarrollo de la inversión pública, diseñar e implementar compromisos público-privados, y estimular la inversión del sector privado en desarrollar las competencias necesarias para crear oportunidades de economía circular y garantizar una transición inclusiva que se sostenga en la innovación, la creación de trabajo, la descarbonización de la economía y en desarrollar la infraestructura necesaria para escalar la transición;
La Economía Circular es “el sistema económico en el que el valor de los productos, materiales y demás recursos de la economía perdura el mayor tiempo posible, potenciando su uso eficiente en la producción y el consumo, reduciendo el impacto ambiental al mínimo, los residuos y la liberación de sustancias peligrosas en todas las fases del ciclo de vida, en su caso mediante la aplicación de la jerarquía de residuos”.
Sus objetivos son preservar y mejorar el capital natural mediante el control de las existencias finitas, al tiempo que optimizar el empleo de los recursos mediante la prevención en el uso de materia y energía, y de la eco-concepción, que considera los impactos medioambientales a lo largo del ciclo de vida de un producto, de un bien o de un servicio y los integra desde su concepción.
Todos estamos llamados a generar este círculo virtuoso, mediante el empleo de los principios rectores que enuncia la ley, estos sirven para su interpretación, aplicación y cumplimiento. Entre ellos se enumeran al principio de progresividad, no regresión y gradualidad.
Un aporte muy valioso de la ley es el glosario de definiciones técnicas respecto de que debe entenderse por “Producción y Consumo Sostenible”, “Responsabilidad Extendida al Productor” y “Cooperación Público-Privada”
El alcance de la ley abarca todas las fases de la cadena de valor y del ciclo de vida de un bien, producto o servicio, lo que incluye las etapas de extracción y abastecimiento de recursos, diseño y producción, comercialización y consumo, así como la gestión integral e inclusiva de los residuos sólidos urbanos.
De manera nodal se presenta la obligación de la autoridad de aplicación de confeccionar, publicar y actualizar la Estrategia de Economía Circular en virtud de los lineamientos y objetivos de la ley y su reglamentación entre los tópicos a considerar se encuentra el definir las políticas públicas a implementar conforme los objetivos establecidos en la Estrategia de Economía Circular; generar herramientas de medición y evaluación con indicadores Evaluar y publicar anualmente el cumplimiento de los objetivos generales y específicos de la Estrategia de Economía Circular; Presidir y coordinar el Gabinete de Economía Circular; facilitar el acceso al financiamiento.
Es la Estrategia de Economía Circular un plan de gobierno que debe ser confeccionado por la Autoridad, que debe contar con contenidos mínimos de la Estrategia de Economía Circular la cual debe ser revisada cada cinco años como máximo. La Estrategia de Economía Circular deberá cosniderar:
Lineamientos de la Estrategia de Economía Circular que deben establecer las pautas sobre las que se desarrollará la Estrategia de Economía Circular, realizando un diagnóstico de los sistemas de producción y consumo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Es fundamental la participación Ciudadana no vinculantes. Una vez elaborada la Estrategia de Economía Circular, y previo a su entrada en vigencia, se deberá convocar a una audiencia pública temática.
La ley crea la Mesas Temáticas de Articulación, y parte de las tareas fundamentales son la de generar Concientización social
El estado nacional por su parte en el mes de noviembre emitió la resolución 767/2021 por la cual crea el PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA CIRCULAR, en la órbita de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a fin de fortalecer la capacidad productiva y de agregado de valor de las cooperativas y de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) dedicadas a la gestión integral de los materiales en desuso en el marco de una economía circular, avocada a optimizar el flujo de materiales y energías disponibles como mecanismo reductor de la extracción de recursos naturales vírgenes y de las consecuencias de una cultura de consumo y descarte.
Tenemos un panorama auspicioso, solo debemos esperar a ver los resultados.

diciembre 21st, 2021   |   Sin Comentarios

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